Venia a contar novedades sobre este tema, lo busque en Google y por lo que veo fue bastante controvertido allá por 2020
Pues resulta que teníamos una MT07 para limitar, la llevamos a la ITV y el operario le pidió a mi compañero que pusiéramos el porta de serie por que ese no era original y tenia que ir en ficha. Así que cuando me lo comunica proponemos ir para allá juntos y averiguar cual es la normativa que nos lo impide.
Bueno, que llegamos a la ITV y resumidamente al preguntarle al operario cual es la normativa que indica que el porta es una reforma de importancia que debe llevar una carta de Yamaha(me decía) y un certificado de instalación por un taller autorizado nos manda a hablar con el ingeniero, con la típica actitud que se le presupone. Hablando con el ingeniero otra vez un poco la misma historia, entonces la misma pregunta: me puedes indicar en que articulo viene? Al final saca un articulo que trata sobre el emplazamiento de la matricula, el cual traía varias explicaciones de las aquí comentadas, las cuales cumplía todas (*confirmo* de ser de bisagra esta no debe ser movible):
-Sin bisagra movible
-Sin cambiar el emplazamiento(en el colín centrado)
-Angulo de inclinación y catadióptrico
-Y que evitaba en lo posible las salpicaduras
Había dos o tres mas pero que no afectaban al caso, "normativas estándar" (ni me acuerdo de ellas jaja)
Entonces vuelve a salir con que es una reforma de importancia entonces le pido que nos busque por favor la normativa por que nos es de vital importancia para siguientes ocasiones, pues que nos respondía en 2h.
Nos escribe al rato para decirnos que podemos pasar las ITV y la homologación así.
Para mi, esta confirmado.