Si que ha entrado ya en vigor. Pero no pongáis el grito en el cielo sin antes leeros el "Real Decreto 20/2017, de 20 de enero, sobre los vehículos al final de su vida útil":
https://www.boe.es/boe/dias/2017/01/21/p...17-656.pdf
Como ya dice en su título, se aplica al final de la vida útil del vehículo, es decir, en caso de darlo de baja, de entregarlo a un desguace o similares. Lo que implica que para dar de baja un vehículo, deberá pasar obligatoriamente por un CAT (centro autorizado de tratamiento) los cuales ya existían, pero no era obligatorio usarlos. Es como si sacaran una ley que dijera que es obligatorio reciclar la basura en nuestras casas.
A quien afecta realmente esta normativa es a productores de vehículos, no a usuarios, ya que de momento la ley dice que no tendrá ningún coste el llevar un vehículo a un CAT.
V'ss!!