Neon Knight
Member
Neon Knight dijo:---"no sólo es ilegal sin más con multa de hasta 500 € y pérdida de 4 puntos según el código de la circulación; sino que conducir un vehículo sin estar en posesión del carnet correspondiente está considerado delito por el artículo 384 del código penal, en lugar de simple falta como antaño, y desde hace hoy 5 años justos tiene pena de 3-6 meses de cárcel que si no tienes antecedentes se sustituiría por trabajos en beneficio de la comunidad de 31-90 días o multa de 12-24 meses; además si que ya tendrías antecedentes penales para el resto de tu vida con lo que eso conlleva, como por ejemplo no poder trabajar en cargo público, que otros países te nieguen permiso de residencia, etc."...
Difícil de detectar era antes, pero mirad lo que tienen ahora ¿creéis que no le van a dar uso a este artilugio portátil que cabe en un maletero y te lo colocan en cualquier sitio?:luis gpr dijo:Eso ya depende de cada uno ya que es el mismo caso que los que tenemos las2t deslimitadas o hemos tenido los ciclomotores preparados
Pero que eso es prácticamente imposible de detectar en esa moto
Y antes te buscabas un lío solamente si resultaba alguien herido o fallecía (hasta 4 años de cárcel) pero según El Pais citando como fuente a la Fiscalía de Seguridad Vial 3.000 personas al año han ingresado en prisión por delitos de tráfico sin resultado lesivo (de los 100.000 anuales condenados por conducir bajo los efectos del alcohol, drogas, o sin carnet que son 26.000 de ellos). Con estas cifras es mejor estar prevenidos ¿no creéis? pero ¿nos previenen lo suficiente?
(Cifras obtenidas de http://politica.elpais.com/politica/2014/01/25/actualidad/1390680203_094817.html)
Leyendo entre lineas lo que se consigue con esta reciente modificación del código penal de hace 5 años es que cada año 100.000 españoles más sean excluidos social y laboralmente por imputarles injustamente antecedentes penales, sin haber tan siquiera perjudicado a nadie con su conducta (algo irresponsable si acaso).
Como ejemplo relacionado, aunque en este caso no se le aplicara el artículo 384, os cuento la historia real de un conocido, ingeniero de formación, con hijos de la edad de los míos: hace unos años, cuando era jefe de departamento de una importante empresa, tuvo la mala fortuna de que una anciana tropezara y se le precipitara en plancha delante del coche; él frenó, apenas la golpeó y no sé si murió pero estuvieron de juicios; no fue a la cárcel pero al no tener dinero para pagar la indemnización y multa (los 24 meses de multa del artículo 384 que os comentaba equivalen a 288.000 €; pues aquí, con lesiones, imaginaros. Aunque el seguro cubriría una parte al estar todo en regla en su caso, no me ha contado los detalles) tendría que hacer trabajos en beneficio de la comunidad y perdió su trabajo. Al acabársele el paro, con antecedentes penales ya ninguna empresa le daba trabajo, a pesar de su dilatada experiencia y cualificación; pero "menos mal, apareció su salvador", político de profesión, para "darle trabajo": cuidar sus vacas, sin días libres, una semana de vacaciones al año, por 600 € y poniendo él su coche y la gasolina. Además él se siente profundamente agradecido...
¿Seguís pensando que hace siglos que está abolida la esclavitud en la Europa del siglo XXI? ¿Cambiaremos alguna vez o nos vamos a seguir repitiendo a nosotros mismos toda la eternidad?