@mortadelotv
New Member
Hola, familia.
Deciros que por el momento no voy a estar motorizado. Ya han Salido los cursos de piloto de Drones y ese dinero lo he destinado a sacarme el titulo.
Que envidia me dais, pero bueno el dinero no me llega para todo.
Majes que esta en todo ;-) me dijo que comentara un poco en que consiste.... y ahí voy...
El pasado viernes 4 de julio, el Consejo de Ministros dio luz verde en Madrid a la nueva ley que regulará el uso de drones para toda España. Dicha normativa trata de controlar el uso las operaciones de carácter comercial y civil con aeronaves pilotadas por control remoto, popularmente conocidos como drones (RPAS), cuyo peso no supere los 150 kg. (esta normativa se actualizara, y se podrá)
En el documento oficial del Estado quedan reflejadas las condiciones en las que se puede realizar trabajos técnicos y científicos, tales como grabación aérea, reportajes aéreos, fotografía aérea, estudios de fotogrametría, vigilancia y monitoreo y revisión de infraestructuras entre otros.
Gran parte de este nuevo decreto de ley, se basa en 4 puntos clave que toda empresa o particular desee operar con drones deberá contemplar y seguir:
Se establecen dos categorías inciales:
Drones con peso inferior a 2Kg. y drones con peso entre los 2Kg. y 25Kg. Para ambos es imprescindible disponer de un carnet de piloto de drones para poder operar en España.
En caso de los drones de peso inferior a 2kg, no será necesario que estén inscritos en el registro de aeronaves ni disponer de un certificado de aeronavegabilidad.
Espacio aéreo:
El espacio aéreo pertenece a AESA, y como tal, para poder realizar cualquier tipo de actividad comercial o civil con un drone, se deberá obtener un permiso oficial, como mínimo 5 días antes de llevar a cabo cualquier operación en el aire.
Esta nueva legislación sigue manteniendo la prohibición de sobrevolar núcleos urbanos o espacios con una alta masificación de gente sin el consentimiento especial por parte de la Agencia Española de Seguridad Aérea.
Para poder conseguir dicho permiso necesitas carnet de piloto de dones.
Espero que sea de interés y no os haya aburrido mucho.
Ahí estamos sacando dicho carnet y quedarme sin moto (por el momento)
Os dejo enlace noticia:
http://www.elconfidencial.com/tecnologia/2014-07-04/drones-si-pero-seguros-el-gobierno-aprueba-una-ley-para-regular-su-uso_156746/
Deciros que por el momento no voy a estar motorizado. Ya han Salido los cursos de piloto de Drones y ese dinero lo he destinado a sacarme el titulo.
Que envidia me dais, pero bueno el dinero no me llega para todo.
Majes que esta en todo ;-) me dijo que comentara un poco en que consiste.... y ahí voy...
El pasado viernes 4 de julio, el Consejo de Ministros dio luz verde en Madrid a la nueva ley que regulará el uso de drones para toda España. Dicha normativa trata de controlar el uso las operaciones de carácter comercial y civil con aeronaves pilotadas por control remoto, popularmente conocidos como drones (RPAS), cuyo peso no supere los 150 kg. (esta normativa se actualizara, y se podrá)
En el documento oficial del Estado quedan reflejadas las condiciones en las que se puede realizar trabajos técnicos y científicos, tales como grabación aérea, reportajes aéreos, fotografía aérea, estudios de fotogrametría, vigilancia y monitoreo y revisión de infraestructuras entre otros.
Gran parte de este nuevo decreto de ley, se basa en 4 puntos clave que toda empresa o particular desee operar con drones deberá contemplar y seguir:
- Tipo de Drone
- Espacio aéreo
- Seguridad
- Carnet de piloto de Drone
Se establecen dos categorías inciales:
Drones con peso inferior a 2Kg. y drones con peso entre los 2Kg. y 25Kg. Para ambos es imprescindible disponer de un carnet de piloto de drones para poder operar en España.
En caso de los drones de peso inferior a 2kg, no será necesario que estén inscritos en el registro de aeronaves ni disponer de un certificado de aeronavegabilidad.
Espacio aéreo:
El espacio aéreo pertenece a AESA, y como tal, para poder realizar cualquier tipo de actividad comercial o civil con un drone, se deberá obtener un permiso oficial, como mínimo 5 días antes de llevar a cabo cualquier operación en el aire.
Esta nueva legislación sigue manteniendo la prohibición de sobrevolar núcleos urbanos o espacios con una alta masificación de gente sin el consentimiento especial por parte de la Agencia Española de Seguridad Aérea.
Para poder conseguir dicho permiso necesitas carnet de piloto de dones.
Espero que sea de interés y no os haya aburrido mucho.
Ahí estamos sacando dicho carnet y quedarme sin moto (por el momento)
Os dejo enlace noticia:
http://www.elconfidencial.com/tecnologia/2014-07-04/drones-si-pero-seguros-el-gobierno-aprueba-una-ley-para-regular-su-uso_156746/